El Ministerio de Sanidad decreta que se cierren los campings y aparcamientos de caravanas, al igual que el resto de establecimientos turísticos de hospedaje, en un máximo de 7 días. Sólo pueden permanecer abiertos, sin admisión de nuevos clientes, aquellos que ya cuenten con hospedados estables y de temporada si tienen medios propios de primera necesidad en sus vehículos.
Así lo indica la orden SND/257/2020, de 19 de marzo, con el motivo de que la concentración de personas en alojamientos turísticos, que deben compartir
determinados espacios comunes, implica un incremento del riesgo de contagio del COVID-19 y que dada la situación de restricción en la movilidad de personas resulta necesario, para garantizar la contención de la pandemia, proceder a suspender la apertura al público de estos establecimientos.
Además de los campings, se establece la suspensión de apertura al público de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, incluidos los aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional.
Con carácter excepcional, se permite la prestación de los servicios de vigilancia, seguridad y mantenimiento en estos establecimientos, y queda permitida la apertura al público de aquellos establecimientos turísticos que alberguen clientes que, en el momento de declaración del estado de alarma, ya estuviesen hospedados de manera estable y de temporada, siempre que sus ocupantes cuenten con las infraestructuras, en sus propios espacios habitacionales, para poder llevar a cabo las actividades de primera necesidad.
Más info en www.boe.es/boe/dias/2020/03/19/pdfs/BOE-A-2020-3892.pdf